Dentro de la relación trabajador – empleador establecido en el Derecho Laboral Colombiano se validan características propias de la estabilidad laboral y las razones por las cuales se puede dar la terminación del contrato de trabajo de forma unilateral o bilateral. El código Sustantivo del Trabajo, así como la jurisprudencia y la aplicación e la misma por parte de los órganos reguladores han expresado a través de sentencias particulares en cada caso el referente necesario para justificar o invalidar la justa causa de terminación del contrato, consistente en la enfermedad contagiosa o crónica que no tenga origen profesional y no pueda ser superada en 180 días.

A continuación compartimos los conceptos básicos desarrollados por el Derecho Laboral, sus generalidades y particularidades para explicar cómo proceder en cumplimiento del C.S.T.

miércoles, 12 de octubre de 2016

Facultades del empleador en terminación de contrato con incapacidad

FACULTAD DEL EMPLEADOR DE TERMINAR CONTRATO DE TRABAJO A EMPLEADO CON INCAPACIDAD LABORAL SUPERIOR A 180 DÍAS.

En Sentencia T-279 de 2006

A continuación condensaremos las facultades y posibles escenarios que se pueden presentar en caso de requerir terminación de contrato por incapacidad por mas de 180 días de acuerdo con la sentencia T-279 de 2006 


Norma Viviana Gómez

No hay comentarios:

Publicar un comentario